Ser uno más o uno menos en casa, a veces, tiene sus ventajas. En España existen más de 735.000 títulos de familias numerosas, según datos de Statista. Sin embargo, ciertas ayudas públicas y privadas no son conocidas ni aprovechadas por quienes poseen el titulo mencionado.
A nivel público, son bastantes las prestaciones oficiales que se encuentran. Entre ellas, derecho de preferencia en becas, libros y material didáctico, admisión en centros, acceso a viviendas protegidas, albergues… o descuentos. En La Diversiva describiremos las prestaciones más resaltables que vienen recogidas en la Ley 40/2003, de Protección de Familias Numerosas, de forma extendida.
Cultura
A nivel cultural, existen descuentos o régimen de gratuidad en la entrada a museos de toda España que sean titularidad del Estado.
Educación
En Educación, se ofrecen subsidios a las familias numerosas con hijos con necesidades educativas especiales, sin tener en cuenta la renta. Esta ayuda se tramita a través de la Unidad de Becas de las Direcciones Provinciales de Educación.
Asimismo, se descuenta el 50% o la exención total de las tasas y precios públicos en el ámbito educativo como derecho a examen o matrículas universitarias.
Por otro lado, la condición de familia numerosa se tendrá en cuenta en los procesos públicos para becas o admisiones en las etapas obligatorias.
Permiso de Paternidad
Aunque no es unívoco para familias numerosas, en 2021, se regularon las 16 semanas de permiso para padres tras el nacimiento de un hijo.
Fiscalidad
Existe una deducción específica de las familias numerosas en la Declaración de la Renta o un abono anticipado mensual. Las cuantías oscilarán en torno a 1.200 euros al año o 100 euros al mes para tres hijos, 1.800 euros al año o 150 euros al mes para cuatro hijos, 2.400 euros al año o 200 euros al mes, y así de forma sucesiva.
Seguridad Social
Se podrá acceder a beneficios en la contratación de trabajadores, con un derecho al 45 % de bonificación de las cuotas de la Seguridad Social cuando los dos ascendientes, o uno en caso de categoría especial o familia monoparental, trabajen fuera del hogar. Asimismo, tendrán medidas de protección para la conservación de su situación y contrato laboral en el caso de familia numerosa.
Tasas y precios públicos
Los poseedores de la condición de familia numerosa tendrán una exención de pago en tasas de DNI o pasaporte, además de nuevas emisiones como caducidad por renovación, robo o pérdida.
Trasporte
Se podrán encontrar en vuelos, barcos y otros descuentos para trayectos nacionales o no.
Vuelos: desde 5% o del 10%
Barco: descuento del 20% y 50% en transporte marítimo de cabotaje
RENFE y carretera: descuento del 20% o 50%
Vivienda
La vivienda es uno de los bienes más caros y con un plazo económico más largo de obtención. Lidiar con ello y una familia numerosa es aún más complicado y, por ello, se ofrecen condiciones especiales en este ámbito. A nivel público, existe un incremento del límite de ingresos computables para viviendas protegidas. Además, se ofrece un acceso a préstamos públicos para la adquisición de viviendas o condiciones especiales para las subsidiaciones de estos.
Otras ventajas que encontramos son la mayor puntuación en la adquisición de viviendas protegidas o el cambio a una con mayor superficie o adaptación cuando se requiriese. Por ende, será posible encontrar beneficios fiscales para compensar las rentas familiares en función de las cargas que soporten y la conciliación familiar.
Otro de los acuerdos son el acceso al bono social de luz que permite una tarifa social del 25% en el consumo de electricidad hasta 4.140 KwH/año, con independencia de los ingresos siempre que la potencia sea menor a 10 Kw. Si es consumidor con vulnerabilidad severa habrá un 40% de descuento.
¿Quiénes son las familias numerosas?
Las circunstancias expuestas en la Ley 40/2003, para poder acceder al reconocimiento de familia numerosa, vienen determinadas por el número de componentes de la unidad familiar:
- Familia con 3 o más hijos. En el caso de tener un hijo con discapacidad, dos ascendientes discapacitados o al menos uno con más del 65%, será suficiente con dos descendientes.
- Los padres y madres divorciados, con 3 o más hijos, aunque estén en distintas unidades familiares, siempre que dependan económicamente de ellos, aunque no vivan en el domicilio conyugal.
- Dos o más hermanos huérfanos de ambos progenitores que convivan con un tutor del que no se hallen a sus expensas. En otro caso, 3 o más hermanos huérfanos (2 hermanos en el caso de que alguno tuviera discapacidad), mayores de 18 años, que convivan y tengan dependencia económica entre ellos.
Todo ello se mantendrá siempre que cumplan una serie de requisitos para que se reconozca la condición de familia numerosa. Los hijos deberán reunir estas condiciones: solteros y menores de 21 años (25 si se encuentran cursando estudios), discapacitados o incapacitados para trabajar, convivir con sus ascendientes (salvo por motivos de estudios) y tener dependencia económica de los mismos.
Todas estas características dividen a estas familias en dos categorías: numerosa especial y numerosa general. En el caso de las familias numerosas especiales se dará a partir de 5 hijos (4 en el caso de alguno con discapacidad) y familias de 4 miembros cuyos ingresos anuales divididos no superen el 75% del salario mínimo interprofesional.
Todas estas ayudas podrán obtenerse con el título y carné necesarios para acreditar su condición de numerosa y deberá ser renovado cuando se amplíe o reduzca la familia. La Federación Española de Familias Numerosas, junto con las federaciones y asociaciones autonómicas, luchan para seguir consiguiendo ventajas. A través de la página web de la Federación o en la Ley 40/2003 se desarrollan todas estas prestaciones que van actualizándose de forma constante.
Descubre en este otro reportaje de La Diversiva las ayudas y descuentos para familias numerosas que ofrecen las empresas privadas.